¿Quieres solicitar el complemento de paternidad?
¿Qué es el complemento de paternidad?
El complemento de paternidad, o complemento para la reducción de la brecha de género, es un plus que se añade a las pensiones contributivas con el objetivo de reparar el perjuicio que haya sufrido en su carrera profesional un progenitor al asumir el cuidado principal de los hijos.
En caso de que ninguno de estos progenitores pudiera acreditar dicho perjuicio, el complemento se asignaría a la madre.
Hasta 2021, dicho complemento solo se contemplaba para las mujeres, sin embargo, se cambió la ley, ya que la sentencia del Tribunal Europeo de fecha 12/12/2021 estableció que dicha norma constituía una discriminación directa por razón de sexo, y, por tanto, está prohibida por la directiva 79/7.
¿Cuándo se puede solicitar el complemento de paternidad?
El complemento de paternidad se puede solicitar con efecto retroactivo, pudiendo solicitar las cantidades desde que se inició el ingreso de la pensión.
¿Aumentaría mi pensión?
Sí, aumentaría tu pensión, y ello dependerá de la cuantía de tu pensión y de los hijos que tengas. Se establecen un aumento en los siguientes porcentajes:
·5% por 2 hijos/as
·10% por 3 hijos/as
·15% por 4 hijos/as o más
¿Hasta cuando puedo solicitar el complemento de paternidad?
En este caso podría solicitarlo hasta diciembre de 2024, siendo el plazo de 5 años desde la sentencia Tribunal Europeo de fecha 12/12/20219.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el complemento de paternidad?
Ser padre
Al menos de 2 hijos naturales o adoptivos con anterioridad al acceso a la pensión. No es relevante la edad de los hijos.
Ser pensionista
Haber accedido a una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente desde el 1 enero de 2016 y el 3 febrero de 2021.
¿Qué hacer en caso de que me denieguen el complemento?
En primer lugar, se hace una solicitud a la seguridad social.
La seguridad social tiene 3 meses para responder a esta solicitud. En caso de respuesta negativa o silencio administrativo se debe realizar una reclamación previa en el plazo de 30 días.
La seguridad social tendría 45 días para responder a esta reclamación. En caso de respuesta negativa o silencio administrativo se debe iniciar procedimiento judicial en el plazo de 30 días.
Recomendamos realizar las reclamaciones previas de la mano de un abogado, ya que lo más probable es que haya que acudir a la vía judicial, siendo indispensable controlar bien los plazos y el contenido de la solicitud y de la reclamación, que será vinculante para el procedimiento judicial.
¿Quién no tiene derecho al complemento de paternidad?
- Aquellas personas que hayan solicitado la jubilación por anticipado.
- Aquellas personas que tenga la jubilación parcial solo cuando accedan a la jubilación definitiva.
- Al padre o a la madre que haya sido privado de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonia.
- Al padre que haya sido condenado por violencia contra la mujer, ejercida sobre la madre o violencia sobre los hijos.
¿Qué probabilidades de éxito tengo?
Las posibilidades de éxito son muy altas, siempre y cuando el solicitante cumpla con los requisitos expuestos.
Este despacho cuenta con una amplia experiencia y con el 100% de las reclamaciones iniciadas estimadas, por lo que te animamos a que te pongas en contacto con nosotros para iniciar los trámites.